Causa Ovando II: Piden absolución «porque son inocentes»
Concluyeron los alegatos de las defensas. Alegaron los abogados defensores Rivas, Paredes y Torres Mourat, quienes pidieron la absolución de sus representadxs. Destacaron que el fiscal no pudo precisar una hipótesis acusatoria clara y que no hay pruebas que sostengan ninguna condena. Lo único que se probó es que hubo abuso en el entorno de Euvarta Godoy y el sesgo hacia la criminalización y revictimización de María Ovando. El Tribunal dictó cuarto intermedio y dictará sentencia el miércoles 28.
(EMDDHHJG) Este jueves el Tribunal Oral de Eldorado escuchó los alegatos de las defensas de María Ovando, Lucas Ferreira de Lima y Marcos Laurindo. En sus respectivas intervenciones, las defensas hicieron un repaso y análisis ordenado de cada una de las pruebas presentadas por la Fiscalía y las sometieron a crítica, mostrando una vez más la imprecisión de la acusación y la debilidad de las pruebas sobre las cuales el fiscal Federico Rodríguez pretende basar la imputación de los delitos de abuso sexual agravado y corrupción de menores.
Por parte de la defensa de María Ovando, alegó en primer lugar la defensora Roxana Rivas, quien realizó un pormenorizado repaso del hostigamiento judicial sobre María Ovando, que se instrumentó a través de las actuaciones de la jueza de Familia Margarita Potschka. Estas actuaciones, volcadas en cinco expedientes, por un lado permiten observar la forma en que María Ovando fue estigmatizada por los operadores judiciales como «mala madre», pero por otra parte los informes y testimonios allí recogidos -entre los cuales hay informes psicológicos, médicos y de trabajadores sociales- dan cuenta de que no había indicios de maltrato por parte de María y menos aún de abuso sexual sobre las niñas.
“Había una descripción de la situación de vulnerabilidad de María y de todo su nucleo familiar pero eso no puede ser jamás leído como un indicio de peligrosidad”, advirtió Rivas.
Esa acción de vigilancia sobre la situación de las niñas por parte de la Justicia de Familia cesó totalmente luego de que la jueza Potschka le retiró la guarda de las menores a María Ovando en marzo de 2015, y las entregó al cuidado de Euvarta Godoy, con quien ya estuvieron cuando Ovando estuvo detenida, desde 2011, y hasta que se otorgó su restitución en marzo de 2013.
Aún teniéndose probado que en el 15 de mayo del 2015 una la nieta de María sufrió un abuso sexual en el entorno de la guardadora, no hubo ningún seguimiento, ni controles sobre la situación de las niñas junto a Godoy Villa. Algo que contrasta con el hostigamiento judicial que se montó sobre María y su familia durante el año y 10 meses que convivió con estas menores.
Rivas detalló el modo en que el fiscal Rodríguez construyó la acusación contra María Ovando haciendo una lectura selectiva y arbitraria de los elementos que surgen de los expedientes de Familia. Criticó la falta de perspectiva de género y de perspectiva de derechos en el trabajo acusatorio del funcionario. “María no es un monstruo, es una mujer que ha sido discriminada, estigmatizada y revictimizada” remarcó la abogada.
En segundo lugar alegó por la defensa de Ovando el abogado Eduardo Paredes, quien realizó un análisis técnico legal de las pruebas presentadas en la acusación.
Con respecto a la Cámara Gesell realizada a las menores, Paredes describió el incumplimiento por parte de la profesional que estuvo a cargo de la misma de los procedimientos legales y obligatorios indicados en los Protocolos para la realización de ese tipo de entrevista, por lo que, expuso el abogado, no puede ser tomada como prueba válida.
“Los testimonios están todos inducidos y esto pone en crisis toda la imputación. Hubo un sesgo hacia María Ovando y hacia los chicos que están presos hoy” destacó Paredes y remarcó que este sesgo explica la falta de espontaneidad en los relatos y en que no hayan aparecido en las entrevistas los abusos en el entorno de Euvarta Godoy Villa.
También analizó el informe médico de las lesiones que presentaban las niñas. Destacó que las lesiones compatibles con abuso que constata la médica forense Marlene Mendoza en la revisación realizada el 4 de mayo del 2015 – tal como lo reconoció ella en la audiencia de este debate, eran de una data no mayor a los 20 días – por lo que los abusos habrían ocurrido en tiempos en que las niñas ya estaban con la familia de Godoy Villa. Esa circunstancia excluye de responsabilidades a María Ovando y también a Marcos Laurindo y Lucas Ferreira.
“Nunca debió formularse una acusación” sostuvo el Dr. Paredes quien insistió que la hipótesis que pretende sostener el fiscal está construida con especulaciones: “A mí me parece, todos dicen, muchos dicen. Todo eso no sirve. Las pruebas no pasan ningún estándar. No es lo que el Fiscal cree, es lo que se puede probar”.
El abogado defensor también llamó la atención sobre la liviandad con la que se piden penas altísimas con procesos de investigación tan deficientes. “Cuántos inocentes están condenándose sin pruebas”, se preguntó.
“Son inocentes”
Por último, alegó el abogado Rodrigo Torres Muruat, defensor de Marcos Laurindo y Lucas Ferreira. Criticó la metodología utilizada para interrogar a las niñas en la Cámara Gesell. Coincidió con la defensa de María sobre la falta de espontaneidad y de libertad para el relato de las niñas. Acusó a Euvarta Godoy Villa de mentir, de haber construido un relato que se fue cayendo con las fuertes contradicciones que se evidenciaron en su testimonio. “Hay tres cámaras Gesell, todas con versiones diferentes” destacó.
El defensor atacó además la hipótesis de que Marcos Laurindo haya sido el concubino de María y guardador de las niñas. Esta versión de la fiscalía no puede sostenerse en base a testimonios contradictorios. El adolescente tenía 16 años en ese periodo “es un sinsentido” sostuvo.Torres Muruat pidió la absolución de sus defendidos “porque son inocentes” y volvió sobre la gravedad institucional que supone haberlos tratado dentro del proceso penal como si fueran adultos. Además de marcar la arbitrariedad de sostener una prisión preventiva que lleva casi seis años.