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Los medios deben respetar derechos

La publicación de fotografías del niño asesinado por la policía en Tucumán atenta contra varios derechos y agrede la sensibilidad de los receptores de todo tipo de medios de comunicación. Así lo señalan varios códigos deontológicos y manuales de ética, además de que se trata de principios asentados en la legislación.  

(COMUNA) El asesinato cometido por policías tucumanos el jueves 8 de marzo en la capital de la provincia, cuando Facundo Ferreira, de 12 años, fue baleado en la nuca, vuelve a plantear desafíos para la cobertura periodística y hace necesario recordar normas y principios que son vulnerados por varios procedimientos en diarios, servicios audiovisuales y espacios de internet.
   Uno de los aspectos más alevosos es la publicación de fotografías de la víctima, tirada al piso, ya inerte y con su sangre esparciéndose.
   La dignidad, el honor y la intimidad de las personas está protegida por la ley, por la legislación general y, en el caso de televisión y radio, también por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, 26.522. Ninguna de esas condiciones se extingue por el fallecimiento: los familiares y allegados son sus depositarios.
   La disponibilidad de la imagen del niño asesinado plantea a los periodistas un dilema ya antiguo: se suele argumentar que la potencia desgarradora de la imagen cumple la finalidad de dar a los receptores una aproximación al hecho que es difícil lograr con palabras. Hay en ello una supuesta pretensión de efectividad del mensaje, sea con el propósito honesto de informar cabalmente lo sucedido o sea por el mero deseo mercantil de lograr más alcance y ganancias con el “producto” noticioso.
   Ningún beneficio colectivo puede pretenderse mediante la vulneración de los derechos de las personas, de la víctima del crimen y de sus familiares, sus allegados y la comunidad a la que pertenecía.
   Niñas, niños y adolescentes cuentan en la Argentina, en consonancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, que es un tratado internacional con rango constitucional, con un “plus” de derechos, por ser personas en desarrollo.
   La Ley 26.061, de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, sancionada en 2005, establece taxativamente en el artículo 22:
   “Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser respetados en su dignidad, reputación y propia imagen. Se prohíbe exponer, difundir o divulgar datos, informaciones e imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente a los sujetos de esta ley, a través de cualquier medio de comunicación o publicación en contra de su voluntad y la de sus padres, representantes legales o responsables, cuando se lesionen su dignidad o la reputación de las niñas, niños y adolescentes, o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar”.
   En la Argentina hay hechos recientes de intervención de la justicia para hacer que los medios de comunicación respeten estos derechos. La adolescente Ángeles Rawson fue asesinada en Buenos Aires el 10 de junio de 2013. De inmediato, numerosos medios de comunicación se apropiaron sin permiso de las imágenes que la víctima tenía publicadas en su espacio en Facebook y las reprodujeron continuamente, en no pocos casos mediante una sexualización de su cuerpo para darle más efectismo y morbo al discurso “informativo”. La familia debió gestionar una medida cautelar de la justicia para que cesara la explotación abusiva de esas imágenes.
   En el caso del asesinato de Ferreira se plantearon otros problemas en las coberturas y mensajes periodísticos.
   Varios de los medios que se identifican con el gobierno nacional acompañan la “política de seguridad” expresada en el aval que el presidente Mauricio Macri y la ministra Patricia Bullrich dieron al policía bonaerense Luis Chocobar, quien mató también con disparos por la espalda a un joven el 12 de diciembre de 2017, en Buenos Aires.
   Estos medios, conocido el asesinato del niño en Tucumán, dieron de inmediato supremacía a la versión policial, que como es habitual dice que el niño, y un adolescente que lo acompañaban, iban en actitud “sospechosa”, que eludieron un control y que comenzaron a disparar, por lo que los agentes se vieron “obligados a responder”.
   Mediante la apelación a fuentes de la policía y la justicia tucumana, sin identificar, estos medios comenzaron a atribuir una serie de hechos delictivos a la víctima del crimen, y censuraron denuncias de organizaciones locales de derechos humanos que dan cuenta de que en lo que va de 2018 otras tres personas murieron a manos de la policía en acciones definidas comúnmente como “gatillo fácil”.
   Por lo tanto, tomando en cuenta el “Protocolo sobre Niñez y Adolescencia” que COMUNA aprobó y difundió en 2012, el documento “Por una comunicación democrática de la niñez y la adolescencia” que UNICEF, la Defensoría del Público y la entonces AFSCA difundieron en 2013, y otros instrumentos similares, es menester destacar:
a)    Las personas y sus familiares y allegados son titulares de los derechos de su propia imagen y su uso y publicación no puede ser discrecional ni ilimitado, por más que se apele a la libertad de expresión o al derecho a informar.
b)    La intimidad y todas las circunstancias personales tienen protección legal, y muy especialmente para las niñas, niños y adolescentes.
c)     El respeto a estos derechos concierne también a los actos de comunicación que las personas hagan individualmente en ambientes como internet, en las llamadas “redes sociales”.
d)    La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual tiene previsiones específicas sobre el derecho de las audiencias de televisión y radio a no ser agredidas en su sensibilidad mediante imágenes y discursos morbosos o truculentos.
e)    Los medios de comunicación deben tomar en cuenta que las fuerzas represivas del Estado difunden ineludiblemente versiones que justifican su propio accionar e inculpan a las víctimas. No se conoce en la historia un comunicado policial que haya dicho: “Matamos por error”.
f)      Los antecedentes, reales o inventados, sobre hechos que se atribuyen a la víctima del crimen en Tucumán, no atenúan en un ápice el hecho de que haya recibido un tiro en la nuca por parte de un agente del Estado que tiene como primerísima obligación preservar la vida de todas las personas.
http://www.comunanet.com.ar/crimen-en-tucuman-los-medios-tambien-deben-respetar-derechos/
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